Memoria resumen de residuos, qué es y cómo gestionarla

Si eres una empresa gestora o productora de residuos, de acuerdo con la Ley 07/2022 deberás disponer de un archivo cronológico y la memoria anual antes del 1 de marzo del año siguiente. Te explicamos los aspectos más relevantes de esta documentación.

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La entrada en vigor de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular ha supuesto una serie de novedades que afectan a la actividad profesional de gran parte de los actores de la cadena de residuos industriales, tanto peligrosos como no peligrosos (gestores, agentes, negociantes, transportistas y productores).

Obligaciones para gestores y productores de residuos: archivo cronológico y memoria anual

Si eres una empresa gestora o productora de residuos, de acuerdo con la Ley 07/2022 debes disponer de un archivo cronológico y la memoria anual antes del 1 de marzo del año posterior. 

Además, la Ley de residuos ha ampliado esta obligación a las entidades y empresas que transportan residuos peligrosos con carácter profesional o actúan como negociantes y agentes de residuos peligrosos.

Presentación de la memoria anual de los productores de residuos peligrosos

Desde mayo de 2023 existe un Acuerdo de la comisión de coordinación en materia de residuos relativo a la obligación de remisión de memoria anual de los productores de residuos peligrosos.

Este acuerdo establece que los productores de residuos cumplen su obligación de presentar la memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico, cuando toda la información de residuos peligrosos generados por el centro productor del residuos (en base a los documentos de identificación) se encuentra incluida dentro del repositorio de traslados de la plataforma ministerial e-SIR.  Se encuentran en esta situación todos los productores de residuos peligrosos con centros de producción en comunidades autónomas que usan el procedimiento del MITECO  para los traslados de residuos interterritoriales e intraterritoriales. 

Cuando la información de generación de residuos peligrosos (a través de los documentos de identificación) se encuentra repartida en diferentes registros (por ejemplo, cuando los traslados interterritoriales se realizan a través del procedimiento del MITECO y los  intraterritoriales se realizan a través de una plataforma autonómica), se considera cumplida la presentación de las memoria resumen cuando las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde se encuentre el centro productor, recaben la información de los documentos de traslado de ambos sistemas, agreguen la información de forma resumida, analicen y comprueben la información, y posteriormente la incorporen a e-SIR.

En el siguiente vídeo presentando por Maite Señoráns, Técnica de Operaciones en TEIMAS, verás de forma simplificada:

  • Cómo abordar específicamente el cumplimiento de los requisitos para la entrega de memorias y declaraciones anuales de residuos en distintas comunidades autónomas como País Vasco, La Rioja, Navarra, Andalucía y Cataluña, entre otras.
  • Las obligaciones de los distintos tipos de productores de residuos peligrosos, los plazos establecidos para la presentación de documentos, y los procedimientos específicos a seguir en cada comunidad autónoma.
  • Cómo te ayuda TEIMAS Zero en la elaboración de dichas memorias y declaraciones anuales.

Obligaciones de información de la Ley de Residuos: archivo electrónico 

De acuerdo con esta Ley, las personas físicas o jurídicas registradas y los productores iniciales que generen más de 10 toneladas de residuos no peligrosos al año dispondrán de un archivo electrónico donde se recojan, por orden cronológico:

  • La cantidad, naturaleza y origen del residuo generado.
  • La cantidad de productos, materiales o sustancias, y residuos resultantes de la preparación para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones de valorización y de operaciones de eliminación.
  • El destino, la frecuencia de recogida, el medio de transporte y el método de tratamiento previsto del residuo resultante, así como el destino de productos, materiales y sustancias.

Envío memorias resumen del archivo cronológico antes del 1 de marzo

De acuerdo con el artículo 65 de la Ley 07/2022, antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos, las personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de recogida con carácter profesional y de tratamiento de residuos y los productores de residuos peligrosos, enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico a la comunidad autónoma en la que esté ubicada la instalación. En el caso de los residuos de competencia local, también se enviará a las entidades locales.

Los gestores sin instalación o con instalaciones móviles, presentarán la memoria a todas las comunidades en las que hayan presentado las comunicaciones para llevar a cabo el tratamiento.

Además, los transportistas, negociantes y agentes de residuos peligrosos, también deberán entregar memoria a la comunidad en la que hayan presentado la comunicación.

Memoria anual: qué datos solicitan las comunidades autónomas 

Existen distintos motivos que pueden dificultar la elaboración de las memorias, además de  provocar una gran sobrecarga administrativa:

  • la empresa cuenta con datos de residuos difíciles de diferenciar (ej: datos de residuos peligrosos, datos de residuos no peligrosos, datos totales por NIMA, datos por autorización…);
  • la empresa dispone de diversos documentos de traslados que contienen gran cantidad de datos de residuos;
  • la memoria la realiza un tercero que no cuenta con acceso a todos los datos de residuos;
  • no existe un modelo a nivel estatal. Eso implica que tendrás que adaptar la presentación de datos a los requisitos de los distintos formulario de cada comunidad autónoma, con formatos diferentes;
  • los datos de residuos se encuentran en diferentes plantas o repositorios (programas, hojas de cálculo, documentos de texto).

Datos solicitados en las memorias de gestores de RAEE

La Memoria anual de gestión de la instalaciones de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) se presenta en los tres primeros meses de año y ha de contener información de traslados muy detallada: datos de Categoría del AEE, Fracción, RAEE tratados, RAEE enviados a otro gestor, detalle de las Entradas, detalle de las salidas - indicando los distintos orígenes-, tal como se muestra, por ejemplo en este modelo de solicitud de la Xunta de Galicia:

Herramientas para la obtención del archivo cronológico y de las memorias anuales 

Con la ayuda de hojas de cálculo como Excel podrás crear fórmulas y plantillas que te ayudarán a automatizar  parcialmente la gestión de los archivos cronológicos y de las memorias resumen anuales. También podrás compartir estas hojas con otros colaboradores o clientes a través de Dropbox, weTransfer o servicios de alojamiento de archivos similares. 

Frente a Excel, el empleo de hojas de cálculo de Google Sheets te permite editar y colaborar con miembros de tu equipo directamente. Pero, aunque esta herramienta te puede resultar útil, existen otras opciones específicas, que te ahorrarán una gran sobrecarga de trabajo.

Entre las más especializadas se encuentran las soluciones software de TEIMAS, que no requieren instalación.

Tanto si eres gestor, agente, negociante o transportista de residuos, o productor  este tipo de herramienta te ayudará a elaborar el archivo cronológico y la memoria anual conforme a la Ley 7/2022 porque genera informes editables, de manera automática, a partir de los datos de residuos que previamente has registrado.

En el caso de precisar una presentación anual de la memoria resumen de residuos, te ayudan a generar este documento (que recoge los datos de residuos gestionados o producidos por cada centro de gestión de residuos en el periodo de un año).

Fecha
28/1/24
Categoría
Normativa
Etiquetas
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